La aplicación del artículo 47 de la Ley de 11 de febrero de 2005 sobre la igualdad de oportunidades establece que todos los servicios públicos de comunicación en línea deben ser accesibles para todos.
La Comunidad de Aglomeración del País Vasco (CAPB) se compromete a hacer accesibles sus sitios web de conformidad con el artículo 47 de la Ley n.º 2005-102, de 11 de febrero de 2005.
Para que sus distintos servicios puedan cumplir este requisito, la CAPB ha designado a un responsable de accesibilidad digital y lleva a cabo acciones de sensibilización y formación en materia de accesibilidad entre su personal.
De conformidad con el Decreto n.º 2019-768, de 24 de julio de 2019, la CAPB ha publicado su Plan plurianual de accesibilidad digital y los planes de acción anuales. Los documentos en curso pueden consultarse en la página web principal de la CAPB:
El sitio web https://www.pointsdevue.eus es un servicio de comunicación al público en línea dedicado a la presentación de los proyectos artísticos impulsados por el festival Points de Vue.
En este momento, no se ha realizado ninguna auditoría de conformidad con el Referencial General de Mejora de la Accesibilidad (RGAA).
El sitio web www.pointsdevue.eus no cumple con el RGAA.
Todas las secciones siguientes se completarán una vez finalizada una auditoría de conformidad que aún está por programar.
En este momento, no se puede comunicar ningún dato.
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Si no consigue acceder a algún contenido o servicio, puede ponerse en contacto con el responsable del sitio web para que le indique una alternativa accesible u obtener el contenido en otro formato.
Si detecta un problema de accesibilidad que le impide acceder a un contenido o a una funcionalidad del sitio web, nos lo comunica y no recibe respuesta por nuestra parte, tiene derecho a enviar sus reclamaciones o una solicitud de intervención a la ARCOM.